El Tribunal Supremo español establece en una sentencia que un beso sin el consentimiento expreso o tácito constituye un delito de agresión sexual, al ser una "intromisión en la libertad sexual" de la víctima con el propósito de "obtener una satisfacción sexual a costa de otro".

Con esta sentencia, conocida este martes, el Supremo confirma la condena de un año y nueve meses de cárcel impuesta a un agente policial que dio un beso en la mejilla e intentó después darlo en los labios a una detenida sin su consentimiento, en la zona de los calabozos.

Los magistrados dejan claro que no es preciso un "no" de la víctima ante intentos de besar a una mujer, sino que para que no exista delito lo que hace falta es el consentimiento, que es la "clave".

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